¿Qué consecuencias tiene conducir sin tener el carnet por pérdida total de puntos?

conducir sin carnet por perdida de puntos


Conducir un vehículo habiendo perdido todos los puntos del carnet es algo poco frecuente pero que, aun así, muchos desconocen las graves consecuencias para su esfera personal.

Un usuario de nuestra página web nos pregunta si le podemos explicar que puede provocarle el hecho de conducir su coche si hace un mes le han retirado el carnet al haberse quedado sin puntos. Israel nos plantea la siguiente cuestión…

Pregunta: «Hola, muy buenos días. Me llamo Israel y soy comercial del ramo cárnico y me paso la semana conduciendo de carnicería en carnicería por media España. No hay excusas, pero por un error grave (alcohol), hace unos meses me retiraron el carné de conducir.
Me es muy difícil estar sin carnet. Sobretodo por tema laboral. Muchos días he tenido la tentación de subirme al coche y ponerme a conducir, pero mi conciencia (y mi mujer), lo han evitado. Desconozco concretamente que consecuencias me acarrearía conducir habiendo perdido todos los puntos del carnet de conducir. ¿Pueden explicarme que podría sucederme?

Respuesta: Nos encontramos, claramente, ante un delito recogido en el artículo 384 del Código Penal. Concretamente, este artículo dice lo siguiente:


«El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.»

La pena por conducir un vehículo habiendo perdido la totalidad de puntos del carné de conducir, como afirma el artículo 384 del Código Penal, será de pena de prisión de 3 a 6 meses, o multa de 12 a 24 meses o trabajos sociales de 31 a 90 días.

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